COMITÉ DE RESIDENCIAS MÉDICAS EN UROLOGÍA

  Director: Dr. Alberto A. Deparci
  Secretario:

Dr. Fernando Sívori

  Miembros del Comité:
  • Dr. Jorge Schiappapietra
  • Dr. Salomón Víctor Romano
  • Dr. Juan José Solari
  • Dr. Horacio Levati
  • Dr. Jorge Sartori

En virtud a la Resolución 450/2006 se crea el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud. Criterios básicos. Integrantes del Sistema. Registros.
La Sociedad Argentina de Urología pasará a formar parte de dicho Sistema como entidad evaluadora.

» REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ

» ESQUEMA DE PRESENTACION DE PROGRAMAS DOCENTES DE RESIDENCIAS EN SALUD

» CRITERIOS Y ESTÁNDARES BASICOS DE LAS RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD

» PROPUESTA DE ESTÁNDARES MÍNIMOS COMUNES A TODAS LAS RESIDENCIAS

» RESIDENCIAS ACREDITADAS

» CUESTIONARIO PARA EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE LAS RESIDENCIAS

 

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ

1. ACTIVIDADES:

2. PROGRAMA:

Basado en pautas del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud y del Observatorio de Recursos Humanos de Salud.

ESQUEMA DE PRESENTACION DE PROGRAMAS DOCENTES DE RESIDENCIAS EN SALUD

Los servicios, instituciones o jurisdicciones que inicien o continúen el sistema de residencias en Salud, deberán presentar anualmente en caso de existir cambios, el programa que desarrollarán desde la iniciación hasta la finalización del período de capacitación.

Se consignarán los datos requeridos en el siguiente orden:

  1. IDENTIFICACION
    1. Especialidad o profesión de la residencia.
    2. Servicio, Institución y jurisdicción donde se desarrolla la residencia.
    3. Dependencia administrativa del Hospital o institución.
    4. Servicio dentro de la institución responsable de la capacitación.
    5. Dirección postal - teléfono y correo electrónico.
    6. Fuente de financiamiento de la asignación de los residentes
  2. ANTECEDENTES INSTITUCIONALES
    1. Breve reseña histórica de la Institución y del Servicio, asiento de la Residencia.
    2. Descripción del Comité de Docencia e Investigación o equivalente de la Institución y/o jurisdicción. Nombre de los integrantes.
    3. Adecuación a los criterios y estándares básicos establecidos por el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias para las instituciones.
  3.  DE LA ESTRUCTURA DE LA RESIDENCIA
    1. Número de años lectivos del programa.
    2. Fecha de iniciación y finalización.
    3. Horario de la residencia.
    4. Número de residentes para cada año lectivo determinado por autoridad competente.
    5. Director responsable del programa de la residencia
    6. Responsable de la residencia en Servicio.
    7. Número de jefes de residentes (si los hubiere).
    8. Número de instructores (si los hubiere)
    9. Número de docentes.
    10. El Director responsable, el responsable en Servicio y los instructores y docentes presentarán sus antecedentes según modalidad diseñada por el Ministerio de Salud de la Nación.
  4. DEL PROGRAMA DE RESIDENCIA
    1. Aprobación del programa por el Comité de Docencia e Investigación o equivalente en la institución y/o jurisdicción correspondiente.
    2. Presentación de Convenios con Universidades u otras instituciones que intervengan en la capacitación si las hubiere y si así se dispusiere.
    3. Adecuación de los criterios y estándares básicos establecidos por el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias, con énfasis en las habilidades y competencias definidas.
    4. Definición del propósito, objetivos generales y específicos de la residencia.
    5. Carga horaria total y discriminada por tipo de actividad de la residencia.
    6. Descripción de las actividades a realizar año por año con la definición de cargas horarias y contenidos para tareas asistencia/es, guardias, actividades teóricas y de investigación.
    7. Determinación del tipo de prácticas a realizar y su número mínimo por año de residencia y según la especialidad o profesión.
    8. Definición e identificación de las rotaciones, si las hubiere, internas y externas con objetivos, cronograma y actividades a desarrollar.
    9. Definición de las modalidades y contenidos de evaluación parciales y finales de los residentes.

CRITERIOS Y ESTÁNDARES BASICOS DE LAS RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD

La Residencia es un sistema de formación en servicio que debe ser planificado conducido y supervisado teniendo en cuenta que:

  1. El programa debe dar respuesta a las necesidades que en materia de formación de Recursos Humanos se hayan identificado.
  2. De ninguna manera puede ser una estrategia para cubrir deficiencias o carencias actuales de personal del servicio.
  3. Es un sistema de aprendizaje sistemático y supervisado. No se trata de una enseñanza y aprendizaje incidental y/o autogestionado.
  4. Se necesita personal que cumpla la función docente, la residencia no debe ser "autosuficiente".
  5. La supervisión de la capacitación requiere profesionales con experiencia, dispuestos y entrenados para orientar y acompañar al residente.
  6. Debe promoverse una práctica profesional basada en la mejor evidencia.
  7. Debe estimularse y/o fortalecerse el trabajo interdisciplinario en salud y promoverse la formación del equipo de salud.
  8. Debe jerarquizarse la atención integral de las personas.

PROPUESTA DE ESTÁNDARES MÍNIMOS COMUNES A TODAS LAS RESIDENCIAS

DE LA ESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS

  1. El Programa de la Residencia debe estar inserto en un establecimiento asistencial habilitado por la autoridad competente dando cumplimiento a las exigencias determinadas en las normativas de Habilitación Categorizante y según la legislación vigente en cada jurisdicción.
  2. Es necesario que el Establecimiento donde se desarrolle el Programa de Residencia cuente con un Comité de Docencia e Investigación.
  3. El establecimiento debe tener espacio físico en condiciones dignas, adecuado para el funcionamiento de la residencia: lugares para estudio, comida, descanso y sanitarios.
  4. Poseer espacio físico para la realización de clases y ateneos, así como una biblioteca equipada con material científico actualizado.
DE LOS RECURSOS ACADÉMICOS
  1. Poseer Programa de Formación Científico – Asistencial actualizado y aprobado por la autoridad de competencia en el que consten:
    1. fundamentación, justificación, razones por las que se desarrolla el programa.
    2. perfil del egresado.
    3. objetivos de aprendizaje a lograr en cada uno de los años de la residencia.
    4. contenidos - temas.
    5. experiencias de aprendizaje: tareas asistenciales supervisadas, rotaciones; lugares- secciones y cantidad de prácticas a realizar en cada rotación; guardias; talleres, clases, ateneos bibliográficos, ateneos clínicos; participación en trabajos de investigación clínica - epidemiológica y redacción de informes; presentación de temas en congresos de la especialidad.
    6. recursos indispensables para que las experiencias de aprendizaje tengan lugar.
  2. Poseer un equipo formador de residentes estructurado con sólidos conocimientos en el área de su incumbencia que permita una pronta orientación en promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación entre los casos vistos.
  3. Se debe contemplar un sistema de evaluación de los residentes.
  4. La Residencia debe tener un Responsable del Programa que puede ser el Jefe de Servicio u otro profesional de planta debidamente designado siendo el responsable del cumplimiento del programa.
  5. El Servicio, sede de un Programa de Residencia, debe asegurar una producción asistencial suficiente como para que los residentes tengan todas las oportunidades de aprendizaje necesarias para alcanzar los objetivos establecidos.
  6. El Servicio, sede de un Programa de Residencia, debe tener un Programa de Educación Continua o actividad de educación permanente para el personal del servicio (ateneos, revisión de historias clínicas, discusión de casos, talleres de reflexión, etc) en el que puedan participar los residentes.
  7. El Servicio, sede de un Programa de Residencia, debe tener una participación activa en los congresos y reuniones científicas de la especialidad.
  8. El Servicio, sede de un Programa de Residencia, debe tener personal con la dedicación horaria necesaria para que los residentes siempre tengan la supervisión que corresponde
  9. Es deseable que el Servicio cuente con Normativa escrita de los Procedimientos que en él se efectúan.

DEL PROCESO DE FORMACIÓN DEL RESIDENTE

  1. Formación y entrenamiento en habilidades de comunicación con las personas que asiste y su entorno respetando las identidades sociales y culturales.
  2. Capacidad para detectar situaciones de conflicto psicosociofamiliares con las personas que asiste y su entorno respetando las identidades sociales y culturales.
  3. Capacidad para transmitir a la persona que asiste su derecho a la atención y a la autodeterminación con responsabilidad social respetando las identidades sociales y culturales.
  4. Capacidad de integración y trabajo en equipos con los restantes profesionales que intervienen en el proceso.
  5. Capacidad de coordinación y comunicación fluida con todos los actores que intervienen en el proceso.
  6. Disposición a la capacitación permanente y actualización de conocimientos.
  7. Confidencialidad sobre las actuaciones suyas y del equipo.
  8. Conocimientos de los circuitos, procedimientos e interacción entre los distintos servicios asistenciales y administrativos.
  9. Capacidad de derivación y responsabilidades en la continuidad asistencial de la persona asistida.
  10. Conocimientos de las responsabilidades ético-legales, profesional-administrativas y profesional-asistenciales derivadas del ejercicio profesional.
  11. Conocimientos de epidemiología y normativas de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de su especialidad o profesión.
  12. Capacidad en el desarrollo metodológico de la investigación.
  13. Desarrollo de las tareas que se le asignen    bajo la supervisión y consulta al referente ante la complejidad de un caso.

RESIDENCIAS ACREDITADAS

 

Acreditado
a partir

Vencimiento

 

  1. HOSPITAL DE CLÍNICAS GRAL SAN MARTÍN

5 años

23.06.1999

23.06.2004

  1. HOSPITAL ITALIANO

5 años

13.12.2004

13.12.2009

  1. HOSPITAL FRANCÉS

5 años

29.11.2004

29.11.2009

  1. HOSPITAL BRITÁNICO

5 años

26.10.2007

26.10.2012

  1. HOSPITAL DURAND

5 años

06.12.2004

06.12.2009

  1. HOSPITAL ALEMÁN

5 años

12.04.2002

12.04.2007

  1. HOSPITAL DE LA COMUNIDAD DE MAR DEL PLATA

5 años

10.10.2003

10.10.2008

  1. POLlCLÍNICO BANCARIO

5 años

22.06.2007

22.06.2012

  1. HOSPITAL CHURRUCA VISCA

5 años

27.04.2007

27.04.2012

  1. HOSPITAL ARGERICH

5 años

01.07.2005

01.07.2010

  1. HOSPITAL RAMOS MEJÍA

5 años

01.08.2005

01..08.2010

  1. HOSPITAL POSADAS

3 años

20.11.2006

20.11.2009

  1. HOSPITAL AERONÁUTICO CENTRAL

2 años

29.01.2004

29.01.2006

  1. HOSPITAL TORNÚ

5 años

31.08.2007

31.08.2012

  1. HOSPITAL ESPAÑOL

5 años

29.06.2007

29.06.2012

  1. HOSPITAL MILITAR CENTRAL DR. COSME ARGERICH

2 años

22.08.2005

22.08.2007

  1. INSTITUTO UROLÓGICO PRIVADO- TUCUMÁN

3 años

12.12.2005

12.12.2008

  1. HOSPITAL FERNÁNDEZ

2 años

24.05.2006

24.05.2008

  1. HOSPITAL NAVAL DR. PEDRO MALLO

2 años

17.06.2006

17.06.2008

  1. HOSPITAL RIVADAVIA

2 años

30.08.2006

30.08.2008

  1. HOSPITAL PTE. PERÓN AVELLANEDA

2 años

18.12.2006

18.12.2008

La Sociedad Argentina de Urología a través del Comité de Residencias invita a aquellos Centros de Salud que han caducado la acreditación a solicitar su reevaluación.

© 2008 Sociedad Argentina de Urología. Derechos Reservados.