Sociedad Argentina de Urología (SAU)
USUARIOS REGISTRADOS

Comités

Comité de Residencias Médicas en Urología

Director:

Dr. Alberto Andrés Deparci

Secretarios:

Dr. Ricardo Alberto Ale
Dr. Gonzalo Nevado Benzi

Miembros del Comité:

Dr. Horacio Alfredo Levati
Dr. Emilio Miguel Longo
Dr. Jorge Humberto Schiappapietra
Dr. Silvio Fernando Sivori
Dr. Juan José Solari

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ

1. ACTIVIDADES:

  • Visita de los miembros del comité de acreditación a los distintos servicios de Urología que soliciten su acreditación.
  • Evaluación en base a criterios y estándares básicos de las Residencias del Equipo de Salud.
  • Informe de cada evaluación a la Comisión Directiva de la Sociedad Argentina de Urología, a los miembros de la A.C.A.P. (Academia de Medicina), y Ministerio de Salud.
  • Reuniones periódicas con los miembros de la A.C.A.P.

2. PROGRAMA:

Basado en pautas del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud y del Observatorio de Recursos Humanos de Salud.

ESQUEMA DE PRESENTACION DE PROGRAMAS DOCENTES DE RESIDENCIAS EN SALUD

Los servicios, instituciones o jurisdicciones que inicien o continúen el sistema de residencias en Salud, deberán presentar anualmente en caso de existir cambios, el programa que desarrollarán desde la iniciación hasta la finalización del período de capacitación.

Se consignarán los datos requeridos en el siguiente orden:

  1. IDENTIFICACION
    1. Especialidad o profesión de la residencia.
    2. Servicio, Institución y jurisdicción donde se desarrolla la residencia.
    3. Dependencia administrativa del Hospital o institución.
    4. Servicio dentro de la institución responsable de la capacitación.
    5. Dirección postal - teléfono y correo electrónico.
    6. Fuente de financiamiento de la asignación de los residentes
  2. ANTECEDENTES INSTITUCIONALES
    1. Breve reseña histórica de la Institución y del Servicio, asiento de la Residencia.
    2. Descripción del Comité de Docencia e Investigación o equivalente de la Institución y/o jurisdicción. Nombre de los integrantes.
    3. Adecuación a los criterios y estándares básicos establecidos por el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias para las instituciones.
  3. DE LA ESTRUCTURA DE LA RESIDENCIA
    1. Número de años lectivos del programa.
    2. Fecha de iniciación y finalización.
    3. Horario de la residencia.
    4. Número de residentes para cada año lectivo determinado por autoridad competente.
    5. Director responsable del programa de la residencia
    6. Responsable de la residencia en Servicio.
    7. Número de jefes de residentes (si los hubiere).
    8. Número de instructores (si los hubiere)
    9. Número de docentes.
    10. El Director responsable, el responsable en Servicio y los instructores y docentes presentarán sus antecedentes según modalidad diseñada por el Ministerio de Salud de la Nación.
  4. DEL PROGRAMA DE RESIDENCIA
    1. Aprobación del programa por el Comité de Docencia e Investigación o equivalente en la institución y/o jurisdicción correspondiente.
    2. Presentación de Convenios con Universidades u otras instituciones que intervengan en la capacitación si las hubiere y si así se dispusiere.
    3. Adecuación de los criterios y estándares básicos establecidos por el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias, con énfasis en las habilidades y competencias definidas.
    4. Definición del propósito, objetivos generales y específicos de la residencia.
    5. Carga horaria total y discriminada por tipo de actividad de la residencia.
    6. Descripción de las actividades a realizar año por año con la definición de cargas horarias y contenidos para tareas asistencia/es, guardias, actividades teóricas y de investigación.
    7. Determinación del tipo de prácticas a realizar y su número mínimo por año de residencia y según la especialidad o profesión.
    8. Definición e identificación de las rotaciones, si las hubiere, internas y externas con objetivos, cronograma y actividades a desarrollar.
    9. Definición de las modalidades y contenidos de evaluación parciales y finales de los residentes.
CRITERIOS Y ESTÁNDARES BASICOS DE LAS RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD

La Residencia es un sistema de formación en servicio que debe ser planificado conducido y supervisado teniendo en cuenta que:

  1. El programa debe dar respuesta a las necesidades que en materia de formación de Recursos Humanos se hayan identificado.
  2. De ninguna manera puede ser una estrategia para cubrir deficiencias o carencias actuales de personal del servicio.
  3. Es un sistema de aprendizaje sistemático y supervisado. No se trata de una enseñanza y aprendizaje incidental y/o autogestionado.
  4. Se necesita personal que cumpla la función docente, la residencia no debe ser "autosuficiente".
  5. La supervisión de la capacitación requiere profesionales con experiencia, dispuestos y entrenados para orientar y acompañar al residente.
  6. Debe promoverse una práctica profesional basada en la mejor evidencia.
  7. Debe estimularse y/o fortalecerse el trabajo interdisciplinario en salud y promoverse la formación del equipo de salud.
  8. Debe jerarquizarse la atención integral de las personas.
PROPUESTA DE ESTÁNDARES MÍNIMOS COMUNES A TODAS LAS RESIDENCIAS

DE LA ESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS

  1. El Programa de la Residencia debe estar inserto en un establecimiento asistencial habilitado por la autoridad competente dando cumplimiento a las exigencias determinadas en las normativas de Habilitación Categorizante y según la legislación vigente en cada jurisdicción.
  2. Es necesario que el Establecimiento donde se desarrolle el Programa de Residencia cuente con un Comité de Docencia e Investigación.
  3. El establecimiento debe tener espacio físico en condiciones dignas, adecuado para el funcionamiento de la residencia: lugares para estudio, comida, descanso y sanitarios.
  4. Poseer espacio físico para la realización de clases y ateneos, así como una biblioteca equipada con material científico actualizado.
DE LOS RECURSOS ACADÉMICOS
  1. Poseer Programa de Formación Científico – Asistencial actualizado y aprobado por la autoridad de competencia en el que consten:
    1. fundamentación, justificación, razones por las que se desarrolla el programa.
    2. perfil del egresado.
    3. objetivos de aprendizaje a lograr en cada uno de los años de la residencia.
    4. contenidos - temas.
    5. experiencias de aprendizaje: tareas asistenciales supervisadas, rotaciones; lugares- secciones y cantidad de prácticas a realizar en cada rotación; guardias; talleres, clases, ateneos bibliográficos, ateneos clínicos; participación en trabajos de investigación clínica - epidemiológica y redacción de informes; presentación de temas en congresos de la especialidad.
    6. recursos indispensables para que las experiencias de aprendizaje tengan lugar.
  2. Poseer un equipo formador de residentes estructurado con sólidos conocimientos en el área de su incumbencia que permita una pronta orientación en promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación entre los casos vistos.
  3. Se debe contemplar un sistema de evaluación de los residentes.
  4. La Residencia debe tener un Responsable del Programa que puede ser el Jefe de Servicio u otro profesional de planta debidamente designado siendo el responsable del cumplimiento del programa.
  5. El Servicio, sede de un Programa de Residencia, debe asegurar una producción asistencial suficiente como para que los residentes tengan todas las oportunidades de aprendizaje necesarias para alcanzar los objetivos establecidos.
  6. El Servicio, sede de un Programa de Residencia, debe tener un Programa de Educación Continua o actividad de educación permanente para el personal del servicio (ateneos, revisión de historias clínicas, discusión de casos, talleres de reflexión, etc) en el que puedan participar los residentes.
  7. El Servicio, sede de un Programa de Residencia, debe tener una participación activa en los congresos y reuniones científicas de la especialidad.
  8. Los residentes del último año y el Jefe de Residentes, deben realizar el curso anual y rendir el examen de la American Urological Association (AUA) en el marco del Congreso Argentino de Urología organizado por la Sociedad Argentina de Urología.
  9. El Servicio, sede de un Programa de Residencia, debe tener personal con la dedicación horaria necesaria para que los residentes siempre tengan la supervisión que corresponde
  10. Es deseable que el Servicio cuente con Normativa escrita de los Procedimientos que en él se efectúan.

DEL PROCESO DE FORMACIÓN DEL RESIDENTE

  1. Formación y entrenamiento en habilidades de comunicación con las personas que asiste y su entorno respetando las identidades sociales y culturales.
  2. Capacidad para detectar situaciones de conflicto psicosociofamiliares con las personas que asiste y su entorno respetando las identidades sociales y culturales.
  3. Capacidad para transmitir a la persona que asiste su derecho a la atención y a la autodeterminación con responsabilidad social respetando las identidades sociales y culturales.
  4. Capacidad de integración y trabajo en equipos con los restantes profesionales que intervienen en el proceso.
  5. Capacidad de coordinación y comunicación fluida con todos los actores que intervienen en el proceso.
  6. Disposición a la capacitación permanente y actualización de conocimientos.
  7. Confidencialidad sobre las actuaciones suyas y del equipo.
  8. Conocimientos de los circuitos, procedimientos e interacción entre los distintos servicios asistenciales y administrativos.
  9. Capacidad de derivación y responsabilidades en la continuidad asistencial de la persona asistida.
  10. Conocimientos de las responsabilidades ético-legales, profesional-administrativas y profesional-asistenciales derivadas del ejercicio profesional.
  11. Conocimientos de epidemiología y normativas de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de su especialidad o profesión.
  12. Capacidad en el desarrollo metodológico de la investigación.
  13. Desarrollo de las tareas que se le asignen  bajo la supervisión y consulta al referente ante la complejidad de un caso.
Residencias acreditadas por la Sociedad Argentina de Urología y el Ministerio de Salud de la Nación
  Fecha de
acreditación
Vencimiento
HOSPITAL DE CLÍNICAS 5 años 29/07/2017 29/07/2022
HOSPITAL ESPAÑOL 5 años* 23/05/2019 04/05/2024*
SANATORIO GÜEMES 5 años* 10/09/2019 30/03/2024*
HOSPITAL CÉSAR MILSTEIN 5 años 07/10/2021 07/10/2026
SANATORIO 9 DE JULIO - TUCUMÁN 4 años 07/01/2022 07/01/2026
HOSPITAL BRITÁNICO 5 años 08/06/2022 08/06/2027
HOSPITAL AERONÁUTICO CENTRAL 3 años 22/06/2022 22/06/2025
POLICLÍNICA BANCARIA 2 años 06/07/2022 06/07/2024

* Prórroga de 2 años del Ministerio de Salud debido a la pandemia Covid-19.

Residencias acreditadas por la Sociedad Argentina de Urología
  Fecha de
acreditación
Vencimiento
HOSPITAL RIVADAVIA 3 años 18/10/2018 18/10/2021
HOSPITAL PIROVANO 2 años 17/05/2023 17/05/2025
HOSPITAL GRAL. SAN MARTÍN DE LA PLATA 4 años 16/12/2022 16/12/2026
HOSPITAL EVITA PUEBLO DE BERAZATEGUI 3 años 17/05/2022 17/05/2025
HOSPITAL TEODORO ÁLVAREZ 4 años 01/08/2019 01/08/2023
HOSPITAL RAMOS MEJÍA 3 años 11/07/2019 11/07/2022
HOSPITAL POSADAS 4 años 10/12/2019 10/12/2023
HOSPITAL FERNÁNDEZ 2 años 03/09/2020 03/09/2022
HOSPITAL EVA PERÓN DE SAN MARTÍN 3 años 22/09/2021 22/09/2024
HOSPITAL MILITAR CENTRAL COSME ARGERICH 4 años 18/11/2021 18/11/2025
HOSPITAL PRESIDENTE PERÓN DE AVELLANEDA 2 años 09/08/2022 09/08/2024
HOSPITAL ITALIANO DE LA PLATA 2 años 20/09/2022 20/09/2024
POLICLÍNICO NEUQUÉN 2 años 04/11/2022 04/11/2024
HOSPITAL JOSÉ MARÍA PENNA 3 años 21/10/2021 21/10/2024
HOSPITAL DE TRAUMA Y EMERGENCIAS DR. FEDERICO ABETE 4 años 20/07/2022 20/07/2026

La Sociedad Argentina de Urología, a través del Comité de Residencias, invita a aquellos centros de salud cuya acreditación ha caducado a solicitar su reevaluación.